Quiero ser mecenas
de Estudio Omapora
Seas un particular o una empresa con domicilio fiscal en Navarra, contarás con tres vías para apoyar el desarrollo cultural de la comunidad
- DONACIÓN. Aportación dineraria, de bienes o derechos o prestación gratuita de servicios.
- PRÉSTAMOS DE USO. Cesión gratuita y temporal de bienes de interés cultural, locales para la realización de proyectos, obras de arte de calidad, etc.
- CONVENIOS DE COLABORACIÓN.Convenio firmado entre colaboradores (aportantes económicos) y beneficiarios, que a cambio de ayuda económica se comprometen a difundir la participación del colaborador.
Contarás con los siguientes INCENTIVOS FISCALES por tus aportaciones a este proyecto
- Si donas 150 euros, tendrás derecho a deducir en tu declaración del IRPF 120 euros (80% de 150 euros).
- Si donas 1.000 euros, tendrás derecho a deducir en tu declaración del IRPF: 120 en relación con los 150 primeros euros donados y otros 340 tras aplicar una deducción en cuota del 40% a los 850 euros restantes.
Si perteneces a una empresa con un tipo efectivo de gravamen del 20%, para una donación de 3.000 euros, tendrás derecho a deducir en tu declaración del Impuesto sobre Sociedades 1.230 euros:
- Deducción en la base imponible de tu declaración del IS: 600 euros.
- Deducción en la cuota del IS: 630 euros.
- Los primeros 300, deducción en cuota del 30 %: 90 euros.
- Los restantes 2700, deducción en cuota del 20 %: 540 euros.
- Total beneficio fiscal: 600+630=1230 euros.
[NOTA]
- Los límites de 150 euros (personas físicas) y de 300 euros (personas jurídicas) operarán por sujeto pasivo y en cada periodo impositivo. Por ejemplo, si una persona física dona 200 euros a un proyecto y 400 euros a otro, en los primeros 150 euros tendrá derecho a una deducción de 120 (80 %) y de 180 euros en relación con los 450 euros restantes aportados (40 %). En total, 300 euros de deducción.
- Más información en la web de Cultura del Gobierno de Navarra.